Description

mujeres o niñas que viajen no acompañadas, habiendo dejado su país de origen para buscar protección internacional.

Additional notes and information

Pueden haber solicitado formalmente el estatus de refugiadas pero tiene todavía que ser reconocidas como tal por el organismo nacional de asilo o puede que no hayan presentando todavía la solicitud. El término «solicitante de asilo» no está definido conforme a ningún instrumento internacional legal y está sujeto a la definición según la ley nacional. Si bien conceder el asilo a determinada persona es prerrogativa del Estado, con algunas excepciones, el estatus de persona refugiada es declaratorio más que determinativo: es decir, las personas no se convierten en refugiadas por reconocimiento, sino que son reconocidas por su calidad de refugiadas. No todas las mujeres solicitantes de asilo serán finalmente reconocidas como refugiadas pero todas las mujeres refugiadas son inicialmente solicitantes de asilo.